Especialistas en bioética y derecho médico rechazaron las críticas que señalan al nuevo Código Penal como una herramienta de criminalización del ejercicio médico, argumentando que la legislación busca establecer responsabilidades claras y proteger a los profesionales de la salud. Durante un panel organizado por el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC), juristas y expertos aclararon que las disposiciones penales responden a estándares internacionales de protección del derecho a la vida y no representan una persecución contra el gremio sanitario.

El debate se enmarca en la polémica generada desde la entrada en vigencia del nuevo código, cuando diferentes sectores médicos expresaron preocupación sobre posibles implicaciones legales para profesionales que actúan dentro de los límites éticos de la medicina. Los especialistas enfatizaron que la normativa establece criterios precisos para diferenciar entre un error médico, la negligencia profesional y el ejercicio responsable de la medicina, distinción fundamental que tranquiliza a quienes trabajan conforme a los protocolos y estándares de atención.

Según los expertos participantes en el panel, el nuevo Código Penal fortalece la seguridad jurídica de los médicos al definir con claridad cuáles conductas constituyen delito y cuáles no. Esto contrasta con interpretaciones previas que dejaban espacios ambiguos. Los profesionales de la salud que actúen dentro de los protocolos establecidos, respeten el consentimiento informado del paciente y apliquen sus conocimientos con el estándar de diligencia requerido, no enfrentan riesgos legales bajo esta legislación.

Un marco legal alineado con estándares internacionales

Los expertos destacaron que República Dominicana se alinea con tendencias globales en la protección de derechos fundamentales. Muchas democracias occidentales y latinoamericanas tienen disposiciones similares en sus códigos penales, particularmente respecto a delitos contra la vida. La intención legislativa no es inhibir la práctica médica, sino garantizar que tanto pacientes como profesionales tengan certeza sobre los límites legales de la relación terapéutica.

La bioética, como disciplina que evalúa la moralidad de las decisiones médicas, juega un papel central en esta interpretación. El nuevo código reconoce principios fundamentales como autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia, que son el fundamento de la práctica médica responsable. Estos principios no son limitantes sino orientadores para garantizar que el ejercicio de la medicina se realice siempre en beneficio del paciente.

Desde la perspectiva jurídica, los especialistas aclararon que la responsabilidad penal del médico requiere dolo (intención) o culpa grave (negligencia severa), no simples errores derivados de las complejidades inherentes a la práctica clínica. Esta distinción es crucial porque protege a los profesionales de persecuciones injustas mientras sanciona conductas genuinamente reprochables que causen daño intencional o por negligencia inexcusable.

Las asociaciones médicas dominicanas han comenzado a recopilar información sobre los casos concretos de preocupación para evaluar si existen deficiencias interpretativas que requieran aclaraciones legislativas o jurisprudenciales. Sin embargo, el consenso entre especialistas apunta a que el nuevo Código Penal es un avance en materia de seguridad jurídica y claridad normativa, no una amenaza para quienes ejercen la medicina con competencia y ética profesional.

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